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PROYECTO DE GESTIÓN

CEIP SAN JOSÉ

C/ TABLAS, 13 (GRANADA)

1.- Introducción

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2.- La autonomía de gestión económica.

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3.- Criterios para la elaboración del presupuesto anual del  Centro  y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto

                3.1.- Elaboración y aprobación del presupuesto.

                     3.1.1.-Del presupuesto de ingresos

                     3.1.2.-Del Presupuesto de gastos

 

4.-Estado de Ingresos

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5.- Estado de Gastos

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6.- Las operaciones y anotaciones contables

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7.-Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del centro.

                7.1.- Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares.

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8.- Criterios para la gestión de sustituciones de las ausencias del profesorado.

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9.- Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar.

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10.- Criterios para una gestión sostenible de los recursos del Centro y de los residuos que genere.

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1.- Introducción

 

El proyecto de Gestión será el documento de referencia para desarrollar la gestión económica del CEIP San José  en base a la normativa que a continuación se expone:

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  • Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación (LOE).   

  • Ley 17/2007 del 10 de diciembre de Educación en Andalucía (art.129).

  • ORDEN de 10-5-2006 (BOJA 25-5-2006), conjunta de las Consejerías de Economía y Hacienda y de Educación, por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dependientes de la Consejería de Educación y se delegan competencias en los Directores y Directoras de los mismos.

  • INSTRUCCIÓN 1/2005, de 8 de febrero, conjunta de la Intervención General de la Junta de Andalucía y la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación, por la que se establece el procedimiento de comunicación de las operaciones con terceros realizadas por los centros docentes públicos no universitarios, a efectos de su inclusión en la declaración anual de operaciones (modelo 347).

  • ORDEN de 27-2-1996 (BOJA 12-3-1996), por la que se regulan las cuentas de la Tesorería General de la Comunidad Autónoma Andaluza, abiertas en las entidades financieras.

  

 2.   Autonomía en la gestión económica.

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  • La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4) de Educación, en su artículo 120. 1, 2 y 3 establece que:

 

                1. Los centros dispondrán de autonomía pedagógica, de organización y de gestión en el            marco de la legislación vigente y en los términos recogidos en la presente Ley y en las               normas que la desarrollen.

                2. Los centros docentes dispondrán de autonomía para elaborar, aprobar y ejecutar un Proyecto Educativo y un Proyecto de Gestión, así como las Normas de Organización y Funcionamiento del Centro.

                3. Las Administraciones educativas favorecerán la autonomía de los centros de forma que sus recursos económicos, materiales y humanos puedan adecuarse a los planes de trabajo y organización que elaboren, una vez que sean convenientemente evaluados y valorados.

  • La ORDEN de 10-5-2006 por la que se dictan instrucciones para la gestión económica de los centros docentes públicos dispone que “los citados centros públicos gozarán de autonomía en su gestión económica en los términos establecidos en la misma”.

 

3.- Criterios para la elaboración del presupuesto anual del  Centro  y para la distribución de los ingresos entre las distintas partidas de gasto

 

3.1.-De la elaboración del presupuesto:

 

  • El proyecto del presupuesto será elaborado por el Secretario o Secretaria  y será supervisada por el/la directora/a del centro docente.

  •  

  • El proyecto de presupuesto del centro será inicialmente elaborado sobre la base de los recursos económicos consolidados recibidos por el mismo en los cursos académicos anteriores. Una vez comunicadas por la Consejería de Educación las cantidades asignadas a cada centro para gastos de funcionamiento y, en su caso, para inversiones, se procederá al ajuste del presupuesto a tales disponibilidades económicas.

  •  

  • Corresponde al Consejo Escolar el estudio y aprobación del presupuesto. La referida aprobación tendrá lugar antes de la finalización del mes de octubre de cada año.

 

 

3.1.1.-Del presupuesto de ingresos

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Se basará en los siguientes ingresos:

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1. Las partidas de ingresos que la Consejería de Educación transfiera por los conceptos:

a) Gastos ordinarios de funcionamiento.

b) Programa de gratuidad de libros de texto.

c) Programa de Acompañamiento.

d) Escuelas Deportivas.

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2. Los ingresos de intereses bancarios, por la gestión de de los fondos de la cuenta corriente, serán transferidos mensualmente a la cuenta General de la Consejería de Hacienda.

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3. Los ingresos obtenidos por abono de los alumnos para realizar viajes culturales se ingresarán en la cuenta bajo dicho epígrafe y se dedicarán en su totalidad a dicha actividad.

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4. Ingresos por otros entes públicos, privados o particulares.

 

 3.1.2.-Del Presupuesto de gastos

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 El presupuesto anual del Centro contemplará los siguientes apartados:

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  1. Arrendamientos(Fotocopiadora)

  2. Reparación y conservación

  3. Material no inventariable

  4. Suministros

  5. Comunicaciones

  6. Transporte

  7. Gastos diversos

  8. Trabajos realizados por otras empresas

  9. Adquisición de equipamiento

 

Se establecerá una prioridad en cuanto a la distribución de cantidades para el funcionamiento correcto del Centro:

 

  1. Suministro de papelería y material de oficina.

  2. Mantenimiento informático

  3. Fotocopiadora

  4. Adquisición de material fungible necesario para el funcionamiento docente.

  5. Adquisición de material inventariable de uso general de Centro.(10 % de la dotación da de gastos de funcionamiento )

  6. Financiación de actividades complementarias y extraescolares (Las cantidades las aprobará el Consejo escolar de la asignación que recibe el Centro para gastos de funcionamiento), y también podrán ser financiadas por cualquier Ente público o privado (AMPA)así como de las aportaciones de los alumnos.

 

 

4.-Estado de Ingresos

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El estado de ingresos del centro vendrá dado por:

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  1. El saldo final o remanente de la cuenta de gestión del ejercicio anterior.

  2. Los ingresos por parte de la Consejería para gastos de funcionamiento ordinarios.

  3. Otras asignaciones procedentes de la Consejería de Educación, como las asignaciones del programa de gratuidad de libros de texto y material didáctico complementario, inversiones, equipamientos y aquellos otros que la Consejería determine tales como Planes y Proyectos

 

5.- Estado de Gastos

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La confección del estado de gastos con cargo a recursos propios, procedentes de otras entidades o procedentes del presupuesto de la Consejería de Educación para gastos de funcionamiento, se distribuirá entre las cuentas de gasto que sean necesarias para su normal funcionamiento, y a la consecución de los objetivos o finalidades para los que han sido librados tales fondos.

 

6.- Las operaciones y anotaciones contables

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Una vez realizadas a través de Seneca serán encuadernadas correlativamente para formar los libros contables. Serán firmados y sellados cuando termine cada ejercicio. El centro mantendrá en custodia esta documentación durante un período mínimo de cinco años, desde la aprobación de la cuenta de gestión.

 

7.-Procedimientos para la elaboración del inventario anual general del centro

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Aunque el inventario del centro es responsabilidad de la secretaría del centro, los diferentes profesores/as encargados de música, deportes, inglés, biblioteca de aula, biblioteca del centro…serán los responsables en sus distintos departamentos de controlar el inventario  a su cargo.

El inventario será grabado en Seneca por los distintos gestores de inventario.

 

7.1.- Criterios para la obtención de ingresos derivados de la prestación de servicios distintos de los gravados por tasas, así como otros fondos procedentes de entes públicos, privados o particulares

 

  • El Centro no realizará servicios distintos a los educativos por lo que no se prevé obtención de ingresos por esta razón.

  • Los ingresos que el Centro pueda recibir de entes públicos, privados o particulares por los motivos que sean, lo serán en la cuenta oficial del Centro y, salvo que tengan un destino específico, engrosarán la cuenta de ingresos del presupuesto oficial.

  • En cualquier circunstancia el uso de cualquier instalación del centro deberá ser solicitada a la dirección del mismo y será el director, previo informe y aprobación del consejo escolar del centro, el que autorice o deniegue la solicitud.

 

8.- Criterios para la gestión de sustituciones de las ausencias del profesorado.

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Además de los aspectos recogidos en la Orden de 8 de septiembre de 2010, por la que se establece el procedimiento para la gestión de las sustituciones del profesorado de los Centros Docentes Públicos dependientes de la Consejería competente en materia de educación, se aplicarán los siguientes criterios:

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Ausencias y/o permisos cubiertas por el personal del Centro:

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  • La sustitución será realizada por el profesorado de Apoyo y Refuerzo designado para cada tramo horario, según el cuadrante elaborado por Jefatura de Estudios, una vez confeccionados y aprobados los horarios del centro.

  • Las ausencias de hasta tres días se sustituirán por el profesorado que figure en el plan de sustituciones.

  • Las ausencias superiores a tres días que no estén cubiertas por profesorado sustituto nombrado por la Delegación Provincial serán cubiertas por el profesorado que figure en el plan de sustituciones.

 

Ausencias y/o permisos cubiertas por personal externo:

 

  • La sustitución será realizada por el profesorado externo al centro seleccionado por la Delegación Provincial de Educación solicitado a través del sistema Séneca.

 

  • Para agilizar los trámites que conlleva la petición de un/a sustituto/a habrá que comunicar el permiso y/o la ausencia con la mayor brevedad posible a la dirección del centro.

 

  • En el parte médico de baja del profesorado tendrá que aparecer el tiempo estimado de duración, sin menoscabo de lo regulado en la normativa e instrucciones sobre los plazos establecidos para la presentación de los sucesivos partes de confirmación.

 

  • Una vez que el/la profesor/a tenga conocimiento de la fecha de finalización de la baja deberá comunicarlo a la dirección del centro para que sea grabada en Séneca y no utilizar más jornadas completas de sustitución de las necesitadas.

 

Para que todas las sustituciones se realicen con la mayor eficacia posible se requiere a todo el personal la notificación de la ausencia prevista con la mayor antelación posible a fin de gestionarla adecuadamente. Además, para garantizar la atención del alumnado en los casos de ausencia y permisos previstos el/la profesor/a planificará las tareas a realizar por los grupos de alumnos/as afectados.

 

Delegación de competencias en los Centros docentes:

 

Se delegan en los Directores de los centros docentes públicos las siguientes competencias en relación con el personal con destino en el Centro por los siguientes motivos de ausencia:

 

  • Permiso por asuntos particulares sin retribución (art. 11.1.2. D. 349/96)

  • Permiso para un deber inexcusable de carácter público o personal (art. 48.1.j) L. 712007)

  • Enfermedad de corta duración (Con duración hasta 3 días)

  • Permiso por traslado de domicilio (Circular 6/4/2005, apdo. 11.1.1.)

  • Concurrir a exámenes finales y demás pruebas definitivas de aptitud y evaluación (art.48.1 d) L. 7/2007)

  • 15.Permiso por asuntos particulares con retribución (Sólo para no docentes) (art.48.1.k) L. 7/2007)

  • 22. Permiso de paternidad por nacimiento, adopción o acogimiento (15 días)

  • 23. Permiso por accidente/enfermedad/hospitalización/fallecimiento de un familiar (art.12.1.9. D. 349/96)

  • 31. Permiso por permanencia del recién nacido en hospital (art. 48.1.g) L.7/2007)

 

 9.- Medidas para la conservación y renovación de las instalaciones y del equipamiento escolar

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El Equipo directivo, siguiendo las directrices del Claustro de profesores y del Consejo Escolar, mantendrá contacto con el Excmo. Ayuntamiento  para solucionar los problemas de conservación de las instalaciones que vayan surgiendo.

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Todas las demandas que surjan en cuanto a renovación de las instalaciones se tramitarán por el Consejo Escolar a los  organismos competentes, Ayuntamiento, Delegación provincial o Consejería de Educación.

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El/la secretario/a deberá custodiar e inventariar los manuales, certificados de garantía y demás documentación de los equipos informáticos de la red de administración.

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Deberá controlar las máquinas averiadas y avisar al servicio técnico, o proveedor, para su reparación o renovación, cuando proceda.

Por ello, y con el objetivo de poder llevar un control exhaustivo de los desperfectos ocasionados en las instalaciones así como de las averías propias del uso, cada maestro/a hará un parte de incidencias que rellenará y entregará en la Secretaría del centro para su reparación. El/la secretario/a será el encargado/a de recoger toda la información y comunicarla al personal de mantenimiento o a la empresa en cuestión para su reparación en el menor tiempo posible.

Si los desperfectos ocasionados fueran realizados mal intencionadamente, se comunicará a la Jefatura de Estudios.

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El centro contará con el equipo de Coordinación TIC para el  mantenimiento de redes y sus funciones serán:

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1) Nombrar al Coordinador TIC como administrador de la red, llevando el control de los usuarios que acceden a los equipos, dando los correspondientes permisos y contraseñas.

2) Hacer un control y seguimiento de los posibles desperfectos causados en los equipos y en la red de administración del centro.

3) Mantener los ordenadores libres de virus informáticos, gestionando el programa antivirus y controlando el acceso a Internet.

4) Asegurar la correcta configuración software de todos los equipos informáticos ubicados en las distintas aulas y  biblioteca: ordenadores, impresoras, etc.

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Se designará una persona responsable de mantener la página Web cuya función será mantener y gestionar la plataforma del centro.

 

Será responsabilidad del Equipo de la Biblioteca:

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  • Registrar, catalogar y clasificar los ejemplares que lleguen al centro, tanto por adquisición con los presupuestos propios, como los procedentes de donaciones o envíos de la Consejería.  Los libros adquiridos por los equipos de  Ciclo, también estarán en el registro de la Biblioteca aunque físicamente estén ubicados en otra dependencia.

  • Llevar el inventario actualizado indicando procedencia con el programa ABIES.

  •  Gestionar el control de los préstamos de libros, tanto para uso interior como exterior, a maestros/as  y alumnos/as.

  • Mantener el orden de los libros en las estanterías.

  • Dar a conocer novedades y nuevos catálogos a maestros/as para que, dentro de lo posible, puedan renovarse las distintas materias.

  • Canalizar las necesidades de los Ciclos y alumnado.

  • Hacer las gestiones pertinentes para que el alumnado devuelvan los libros transcurridos el plazo de préstamo. Antes del final de curso procurar que tanto maestros/as como alumnos/as entreguen los libros que obren en su poder.

  •  Organizar la utilización de la Biblioteca en coordinación  con la Jefatura de Estudios.

  • Redactar la memoria de fin de curso (actividades realizadas, material renovado, situación general de la biblioteca, etc.).

  • Podrá proponer al Jefe/a de Estudios las normas que considere más adecuadas para el mejor uso de la misma.

 

El teléfono del centro sólo se podrá usar para llamadas oficiales. Se entiende por llamadas oficiales las relacionadas con:

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  • 1. Los/las alumnos/as y sus familias.

  • 2. Los programas de formación del profesorado.

  • 3. La administración educativa.

  • 4. El desarrollo de las materias.

  • 5. La adquisición de material didáctico.

  • 6. Servicios del Plan de Apertura: Comedor Escolar, actividades extraescolares y aula matinal.

 

Sólo se podrá exponer la siguiente publicidad en el Centro:

 

  •  De clases particulares, academias y demás servicios relacionados con la educación (en las puertas del Centro y con autorización de la Dirección).

  •  De eventos culturales o lúdicos (en las puertas del Centro y con autorización de la Dirección) y todas aquellas relacionadas con los fines de nuestra institución.

 

10.- Criterios para una gestión sostenible de los recursos del Centro y de los residuos que genere

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La mayoría de residuos que se generan en el centro son restos de papel y cartón, para lo que hay instalado un contenedor en el patio del centro.

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También, en el centro destaca una ideología basada en la eliminación del consumo innecesario de energía por lo que el personal de administración y servicios del centro revisa y apaga las luces de las dependencias comunes en función del tramo horario de la jornada escolar.

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